El primer aspecto por comentar son las comillas a la palabra ‘nuevo’ del artículo, ya que así es como se conoce al Reglamento de instalaciones de protección contra incendios que se aprobó en 2017 por estas fechas, por tanto, no podemos atribuirle la cualidad de novedad al RD 513/17, una norma publicada hace dos años y que lleva en vigor casi uno y medio.
Este esperado reglamento industrial, uno de los pocos que quedaban por actualizar, ha desconcertado a muchos agentes del sector, a la vez que a suscitado interpretaciones de lo más variopintas y, en muchas ocasiones, bastantes interesadas, que iremos desglosando en artículos sucesivos.
En cualquier caso, es bienvenido y contempla todos los aspectos a tener en cuenta en relación con el diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los sistemas de protección activa contra incendios, incorporando las implicaciones normativas y tecnológicas desde el anterior Reglamento de 1993.
Entre sus novedades más importantes están:
- Amplia al ámbito de aplicación
- Incorpora requisitos de calidad que han de cumplir los productos de protección contra incendios y abre una vía de acreditación de la conformidad para productos innovadores.
- Establece nuevos requisitos para las empresas instaladoras y mantenedoras.
- Introduce nuevos sistemas como algunos sistemas fijos de extinción, el alumbrado de emergencia, la señalización luminiscente o sistemas de control de humos y calor.
- Regula un régimen de inspecciones periódicas por Organismo de control autorizado.
- Introduce nuevas operaciones de mantenimiento para los equipos y sistemas.
- Actualiza y amplia las normas UNE a cumplir por cada uno de los sistemas.